+INICIATIVA SOBRE “FALSA PATERNIDAD”, UN RETROCESO JURÍDICO Y UN SESGO INADMISIBLE
Morelia,Michoacán.- La propuesta del diputado federal Ernesto Núñez Aguilar, del Partido Verde Ecologista de México, para sancionar penalmente a quien atribuya a un hombre la paternidad de un menor que no es suyo biológicamente, preocupa desde el punto de vista jurídico, ético y de derechos humanos.
En un comunicado de la Red Colectivas Feministas de Michoacán, advierten que esta propuesta es peligrosa, regresiva y profundamente desconectada de las realidades sociales de la paternidad, la maternidad y las dinámicas familiares actuales, considerando esta, lejos de aportar soluciones, genera nuevos conflictos.
La iniciativa propone penas de 1 a 5 años de prisión, multas económicas y la devolución de lo pagado por pensión alimenticia.
Aunque se presenta como un acto de justicia hacia los hombres, en realidad representa un retroceso en materia de derechos de la infancia, derechos de las mujeres y principios básicos del derecho penal.
Legislar con base en casos excepcionales y sin evidencia estadística sólida es irresponsable. La iniciativa se basa en un estudio extranjero que no corresponde a la realidad mexicana y cae en el error común de responder a fenómenos sociales mediante el derecho penal, en lugar de fortalecer las vías civiles, familiares o de conciliación. Castigar con cárcel a las mujeres que, por múltiples razones, atribuyen la paternidad a un hombre —a veces por error, por coacción o por abandono del progenitor real— no resuelve la raíz del problema y refuerza el punitivismo como falsa solución. Esta lógica punitiva ha demostrado históricamente ser ineficaz para resolver fenómenos sociales complejos como la violencia hacia las mujeres, la desigualdad estructural o las disputas familiares.
La iniciativa se basa en un único estudio del Reino Unido, publicado por Journal of Medical Ethics, donde se estima que 1 de cada 50 padres podría estar criando a un hijo que no es suyo biológicamente. Además de que este dato no corresponde a nuestro contexto ni ofrece evidencia local sólida, resulta sumamente cuestionable construir legislación penal con base en excepciones y datos anecdóticos.
Se corre el riesgo de legislar desde el prejuicio, el resentimiento o el oportunismo político, en lugar de desde la justicia y el interés superior de la niñez.
Esta iniciativa debe ser leída a la luz de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, especialmente en lo que refiere a la violencia institucional, definida como “los actos u omisiones de las y los servidores públicos que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres”. Penalizar exclusivamente a las madres en el contexto de atribución de paternidad, sin considerar las desigualdades estructurales en el acceso a justicia, salud, educación sexual o mecanismos de apoyo, constituye una forma clara de violencia institucional contra las mujeres. Castigar con cárcel a una mujer (porque claramente es a las mujeres a quienes se dirige implícitamente esta norma) por haber atribuido paternidad a un hombre, sin atender las múltiples razones por las que esto puede ocurrir es no solo simplista, sino profundamente injusto. Esta iniciativa no solo reproduce estereotipos, sino que abre la puerta a la criminalización de la maternidad en contextos de desigualdad estructural.
La propuesta reduce la paternidad a un hecho genético, ignorando décadas de avances en el derecho familiar. En México, el reconocimiento voluntario de un menor y la función afectiva y social de la paternidad han sido pilares del sistema jurídico. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido en diversos criterios que la paternidad implica una responsabilidad social, afectiva y jurídica más allá del vínculo genético. Este enfoque biologicista desconoce incluso casos donde los hombres han aceptado con conocimiento previo la paternidad de menores que no son suyos por lazos sanguíneos. ¿Se castigará también a quienes luego se arrepientan de su decisión? ¿Quién protege entonces a la niñez que resulta afectada? ¿Dónde queda entonces la figura del padre por voluntad, el reconocimiento voluntario o la adopción?
La iniciativa tampoco toma en cuenta el principio constitucional del interés superior de la niñez. ¿Qué efectos tendría la anulación de vínculos afectivos o patrimoniales en la vida de las infancias que han crecido bajo el cuidado de quien ha ejercido como padre? El foco está en la “víctima hombre” y su reparación económica, sin pensar en las consecuencias emocionales, sociales y jurídicas para los menores involucrados. Ignorar esto contraviene el artículo 4º constitucional, que protege de manera prioritaria los derechos de la niñez.
Aunque el texto no lo dice abiertamente, el castigo propuesto recae en las mujeres, pues son ellas quienes suelen asumir el rol de madres en contextos de crianza en solitario. Este tipo de propuestas reviven el estigma de la “mujer mentirosa”, la “mala madre” o “manipuladora”, culpable de engañar al hombre, sin considerar contextos de violencia, abandono, omisión o necesidad. De nuevo, se invierte la carga de prueba, y se vulnera el principio de presunción de inocencia, además de poner en entredicho el interés superior del menor.
Si un hombre descubre que no es el padre biológico del menor, y se emprende una acción penal contra la madre, ¿qué sucede con las infancias? ¿Qué protección tiene su derecho a la identidad, a la estabilidad emocional, a la pensión alimenticia y al cuidado afectivo recibido? Esta iniciativa invisibiliza por completo los derechos de la infancia y centra la discusión en la “reparación del hombre engañado”, dejando fuera lo más importante: el bienestar del menor.
🧠❌ Esta iniciativa no es solamente jurídicamente deficiente y socialmente peligrosa: también revela los usos oportunistas del derecho penal por parte de actores políticos que han evadido sistemáticamente los principios que ahora pretenden defender.
El diputado Ernesto Núñez Aguilar, quien impulsa esta propuesta, tiene un historial público marcado por señalamientos de corrupción, prácticas de nepotismo y uso faccioso de cargos públicos. Resulta profundamente contradictorio que alguien con estos antecedentes pretenda autodefinirse como defensor de la verdad y la justicia desde la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, criminalizando selectivamente a las mujeres bajo el pretexto de proteger a los hombres “engañados”.
🎭 Su iniciativa se enmarca más en una estrategia de populismo punitivo con fines mediáticos, que en una preocupación real por la justicia o los derechos humanos. En vez de impulsar reformas estructurales para mejorar el acceso a pruebas de filiación, fortalecer el sistema de justicia familiar o garantizar derechos integrales para infancias y madres autónomas, el diputado opta por reforzar el castigo y el estigma hacia las mujeres, reviviendo la figura de la “mujer perversa” que debe ser disciplinada.
🔥 No podemos permitir que quienes han abusado del poder público hoy busquen legitimarse castigando a las mujeres. Esta propuesta atenta contra el principio de progresividad de los derechos humanos, contradice el enfoque de género al que el Estado mexicano está constitucionalmente obligado, y distorsiona el sentido mismo del derecho penal, que debe usarse como última ratio, no como herramienta de revancha ni propaganda.
✊ Exigimos que esta iniciativa sea rechazada, y que los esfuerzos legislativos se dirijan a garantizar la equidad en la justicia familiar, el reconocimiento de la diversidad en las formas de crianza y el cumplimiento efectivo de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
📣 ¡La justicia no se construye desde el castigo vengativo, mucho menos cuando proviene de quienes han contribuido a erosionar el Estado de derecho!
Partido Verde Ecologista México Partido Verde Michoacán Ernesto Nuñez Aguilar Ernesto Núñez Aguilar Cámara de Diputados – H. Congreso de la Unión
MORELIA, MICHOACÁN, A 4 DE AGOSTO DE 2025.
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